NORMA INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN FINANCIERA PARA PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (NIIF PARA PYMES)
La NIIF PARA PYMES ha sido emitida por el
Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), en junio de 2009. El
IASB se estableció en 2001, como parte de la Fundación del Comité de Normas
Internacionales de Contabilidad (Fundación IASC).
De acuerdo con esta norma se considera pequeñas y medianas
empresas a las entidades que: (a) no tienen obligación pública de rendir
cuentas (sus instrumentos de patrimonio o deuda no se negocian en la bolsa de
valores u otro; y, no mantiene activos en calidad de fiduciaria), y (b)
publican estados financieros con propósito de información general para usuarios
externos (los propietarios que no están implicados en la gestión del negocio,
los acreedores actuales o potenciales y las agencias de calificación
crediticia).
Mediante Resolución Nº 045-2010- EF/94 del consejo Normativo
de Contabilidad se oficializa la aplicación de las NIIF PARA PYMES en el Perú,
la misma que se encuentra vigente a partir del 01 de enero de 2011.
De acuerdo con esta norma, se encuentran excluidas del
ámbito de aplicación: a) las empresas bajo la supervisión y control de la
SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES – SMV, b) las empresas que obtengan
ingresos anuales por ventas de bienes y/o servicios o tengan activos totales,
iguales o mayores, en ambos casos a tres mil (3 000) Unidades Impositivas
Tributarias, al cierre del ejercicio anterior, a las cuales les son aplicables
las NIIF completas, oficializadas por el CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD –
CNC y c) las empresas bajo la supervisión y control de la Superintendencia de
Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones – SBS.
Las empresas que apliquen las NIIF PARA PYMES perderán en
forma definitiva esta facultad y aplicarán las NIIF COMPLETAS oficializadas por
el Consejo Normativo de Contabilidad - CNC si, a la fecha de cierre de dos
ejercicios consecutivos, incurren en la condición establecida en el punto b)
del párrafo anterior. Asimismo, las empresas que no cumpliendo con el requisito
señalado en el punto b) del párrafo anterior y hubieran decidido aplicar las
NIFF COMPLETAS, no podrán aplicar posteriormente NIIF PARA PYMES.
Esta NIIF PARA PYMES simplifica de manera considerable la
aplicación de los principios y prácticas contables contenidas en las NIIF
COMPLETAS, por ejemplo: a) en las NIIF COMPLETAS los activos intangibles pueden
ser valorados al costo o valor razonable, en las NIIF PARA PYMES solo se
permite la valoración de estos activos mediante el modelo del costo, b) en las
NIIF COMPLETAS se permite el modelo de revaluación para la valuación de los
activos fijos, en las NIIF PARA PYMES no se considera esté método de
valoración, c) en las NIIF COMPLETAS las propiedades de inversión pueden ser
valoradas al costo o valor razonable en las NIIF PARA PYMES se permite la
valoración de las mismas a valor razonable, si es que este valor puede ser
determinado de manera fiable sin costo o esfuerzo desproporcionado, d) en las
NIIF COMPLETAS los costos de financiación se pueden capitalizar, en las NIIF
PARA PYMES estos costos se cargan a resultados, etc.
Al igual que para la adopción por primera vez de las NIIF
COMPLETAS se ha establecido una metodología específica que se detalla en la
NIIF 1; en las NIIF PARA PYMES ocurre lo mismo, ya que en la sección 35 de la
norma se han establecido procedimientos a ser seguidos para su adopción por
primera vez.
CPCC Guillermo Colchado
Socio
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